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INSTITUTO NACIONAL DE PREVISIÓN - SEGURIDAD SOCIAL

Hoy hace 107 años cuando en España se crea el INP (Instituto Nacional de Previsión), embrión de lo que más tarde será la Seguridad Social.
Creado por Antonio Maura y promulgado por Alfonso XIII por la Ley del 27 de febrero de 1908, fue la primera institución oficial encargada de la Seguridad Social y de la asistencia sanitaria en España.

ANTECEDENTES
El sistema sanitario español nació con la creación del Instituto Nacional de Previsión (INP), pero antes de que adquiriese forma definitiva y tomara carta de naturaleza en la legislación social, el INP pasó por un largo período de preparación y estudio.
En 1883 se creó la Comisión de Reformas Sociales para el estudio de todas las cuestiones que interesaban a la mejora o bienestar de las clases obreras, y que afectaban a las relaciones entre el Capital y el Trabajo.
En 1903 el Instituto de Reformas Sociales, que había sucedido a dicha Comisión, encargó a su Vocal, el Sr. Maluquer y Salvador, una ponencia acerca de la creación de unaCaja Nacional de Seguro Popular, en la que aparecían las líneas fundamentales del Instituto Nacional de Previsión.
En 1904, el Ministerio de la Gobernación encargó al Instituto de Reformas Sociales un proyecto de Ley sobre la materia; y el Instituto, con el fin de que su propuesta estuviera asistida por la experiencia de las Instituciones de ahorro arraigadas ya en España, promovió la celebración de la Conferencia sobre Previsión Popular, que se reunió en Madrid, en octubre de ese año. Partiendo de las conclusiones de la Conferencia, y de sus antecedentes, el Instituto de Reformas Sociales presentó al Gobierno el proyecto de creación del Instituto Nacional de Previsión, proyecto cuya redacción fue encomendada a una Ponencia compuesta por los Señores: Azcaráte, Dato, Salillas, Maluquer y Gómez Latorre.
El 1 de noviembre de 1906 este proyecto, previa autorización del Rey Alfonso XIII, fue presentado al Parlamento. Sin embargo, las vicisitudes políticas de la época, no permitirían que se aprobara la Ley de Creación del Instituto Nacional de Previsión hasta el 27 de febrero de 1908.


EVOLUCIÓN
Con la Ley de Creación del Instituto Nacional de Previsión se establece el régimen legal español de Retiros Obreros, bajo el sistema de la libertad subsidiada de las pensiones de vejez que libremente contrataran los obreros con este Organismo.
Inicialmente encargado del sistema de libre contratación de pensiones obreras, asume posteriormente la administración del:
  • Seguro Obligatorio del Retiro Obrero (1919)
  • Subsidio de Maternidad (1923)
  • Seguro Obligatorio de Maternidad (1929). Que amplia y refuerza el Subsidio de Maternidad de 1923. Este seguro garantizaba, entre otras prestaciones, la asistencia facultativa en el embarazo y en el parto, a estos efectos, el Instituto Nacional de Previsión establece los primeros convenios con las organizaciones profesionales de médicos, farmacéuticos y matronas.
  • Ampliación de los beneficios de la Ley de Accidentes del Trabajo a los trabajadores agrícolas (1931) Aplicación a todos los trabajadores de la agricultura, de la Ley de Accidentes de Trabajo de 1900, primera norma legislativa del sistema de protección social español.
  • Obligaciones de la Ley de Accidentes de Trabajo en la Industria (1932)
  • Seguro Obligatorio de Enfermedad (1942), implantado el 1 de septiembre de 1944.
En España la implantación del Seguro Obligatoria de Enfermedad (SOE) va dirigido a proteger a los trabajadores económicamente débiles, cuyas rentas de trabajo no excedan de los límites fijados. El SOE queda a cargo del INP, como entidad aseguradora única, y entre las prestaciones del Seguro, estaba la asistencia sanitaria en caso de enfermedad y maternidad, e indemnización económica por la pérdida de retribución derivada de las situaciones anteriores.
En 1963 con la Ley de Bases de la Seguridad Social se suprimen los esquemas clásicos de previsión y seguros sociales, y se instrumenta el desarrollo del sistema de Seguridad Social.
En 1974 se modifican y amplían las prestaciones de asistencia sanitaria de la Seguridad Social.

EXTINCIÓN
Se extinguió en 1978. En función de lo acordado en los Pactos de la Moncloa se crea un sistema de participación institucional de los agentes sociales favoreciendo la transparencia y racionalización de la Seguridad Social, así como el establecimiento de un nuevo sistema de gestión, administrado por los siguientes organismos:
  • Instituto Nacional de la Salud (INSALUD), prestaciones médicas;
  • Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS), prestaciones económicas;
  • Instituto Nacional de Servicios Sociales (INSERSO), gestión de servicios sociales;
  • Instituto Social de la Marina (ISM) servicios y gestión de estos para los trabajadores del mar;
  • Tesorería General de la Seguridad Social.

Los cambios fundamentales en el ordenamiento político se producen con la aprobación de nuestra Constitución. En ella se reconoce el derecho de todos los ciudadanos a la protección de la salud. Asimismo, la nueva organización territorial del Estado, con el establecimiento de las Autonomías, posibilita que estos puedan asumir competencias en la materia señalada y de asistencia sanitaria de la Seguridad Social.
Poco antes, en 1977, se crea el Ministerio de Sanidad y Seguridad Social, por Decreto 1558/77 de 4 de julio.
En 1979, como consecuencia de la reforma efectuada sobre la gestión institucional de la Seguridad Social, la Salud y el Empleo por el Real Decreto Ley 36/1978 de 16 de Noviembre, se suprimió el Instituto Nacional de Previsión, pasando la gestión y administración de los servicios sanitarios del Sistema de Seguridad Social al Instituto Nacional de la Salud, Organismo de nueva creación.
Con la Ley General de Sanidad, de 14 de abril de 1986, se configura el nuevo módulo de organización creándose el Sistema Nacional de Salud y toma forma el concepto de servicio sanitario público que debe prestar el Estado.
A partir de 1989 se amplia la previsión constitucional en lo que se refiere a la protección de la salud de los ciudadanos, por una parte, se produce el cambio de financiación del gasto sanitario público, que pasa a ser fundamentalmente asumido por el Estado, a través del sistema impositivo ordinario, y por otra parte, se extiende la cobertura sanitaria de la Seguridad Social a las personas no incluidas en la misma y sin recursos suficientes.
De acuerdo con el principio de descentralización territorial se inicia en 1981 el traspaso de competencias en materia de asistencia sanitaria de la Seguridad Social a las Comunidades Autónomas, proceso que se culmina en el año 2001.
En el año 2002, el Instituto Nacional de la Salud se convierte en una entidad de menor dimensión y pasa a denominarse Instituto Nacional de Gestión Sanitaria, el nuevo Instituto se ocupa de las prestaciones sanitarias en el ámbito territorial de la Ciudades de Ceuta y Melilla.

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